FIJACION DE DERECHOS POR TRAMITACION DE MARCAS, PATENTES DE INVENCION Y MODELOS DE UTILIDAD O DISEÑOS INDUSTRIALES. JULIO 1984




Promulgación: 11/07/1984
Publicación: 14/08/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 82
  Visto: lo dispuesto por el artículo 222, inciso final de la ley 14.252,
de 22 de agosto de 1974.

  Resultando: I) La referida disposición faculta al Poder Ejecutivo para
modificar las escalas de derechos que percibe la Dirección de la Propiedad
Industrial, permitiendo su ajuste anual en función de la variación del
costo de vida;

  II) El decreto 294/983, de 24 de agosto de 1983, estableció los derechos
vigentes adecuándolos al aumento en el costo de vida operado hasta el mes
de abril de 1983.

  Considerando: I) Que se considera conveniente efectuar el ajuste de
dichos derechos según las modificaciones sufridas en el Indice General de
Precios del Consumo, de acuerdo con los cuadros confeccionados por la
Dirección General de Estadística y Censos;

  II) Que, según dichos cuadros el aumento del costo de vida operado entre
los meses de abril de 1983 y de 1984 alcanzó al 43,59%; redondeándose los
valores a fijar en unidades de N$ 10.

  Atento: a lo expuesto, a lo dictaminado por la Asesoría Jurídica del
Ministerio de Industria y Energía, y a la facultad conferida por el inciso
final del artículo 222 de la ley 14.252, de 22 de agosto de 1974,

                       El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse, los derechos por la tramitación de marcas, patentes de
invención y patentes de modelos de utilidad y de modelos o diseños
industriales, de la Propiedad Industrial; en los valores que seguidamente
se indican:

A) Marcas:
                                                                 N$

Por registro primario y por cada clase de nomenclatura.          600
Por renovación de registro y por cada clase de nomenclatura.   1.550
Por inscripción de transferencia y por cada clase de
nomenclatura.                                                  1.550
Cambio de nombre y por cada clase.                               240
Cambio de domicilio y por cada clase.                            240
Testimonio de certificado por foja.                              240
Oposiciones por cada clase.                                    1.550
Tasa de presentación.                                             40


B) Patentes de invención:
                                                                 N$

Oposición.                                                     1.550
Cambio de nombre.                                                240
Cambio de domicilio.                                             240
Testimonio.                                                      600
Certificado por foja.                                            240

C) Patentes de modelo utilidad y modelos o diseños industriales:
                                                                 N$

Primera a 5ª anualidad.                                          160
Renovación 6ª a 10ª anualidad.                                   240
Presentación de solicitud.                                       600
Oposición.                                                     1.550
Transferencia.                                                 1.050
Cambio de nombre.                                                240
Cambio de domicilio.                                             240
Testimonio.                                                      600

Artículo 2

  Las solicitudes de renovación de marcas no podrán presentarse antes de
los seis meses de la fecha de vencimiento del plazo de extinción del
registro.

Artículo 3

  Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 4

  Comuníquese, publíquese, etc.

ALVAREZ - FILIBERTO GINZO GIL - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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