El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 19 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020 y el Decreto 310/021, de 10 de setiembre de 2021;
RESULTANDO: I) que la citada norma legal autoriza al Poder Ejecutivo a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, a utilizar la tercera parte de los créditos de los cargos vacantes generados con posterioridad al 1° de enero de 2020, a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento;
II) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de octubre de 2022, se exceptuó al Inciso 12 de lo dispuesto en los literales b) y c) del artículo 1 del Decreto 310/021, de 10 de setiembre de 2021;
CONSIDERANDO: que existe informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Oficina Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación, respecto de las transformaciones de cargos solicitadas;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, el Decreto 310/021, de 10 de setiembre de 2021 y Resolución del Poder Ejecutivo de 5 de octubre del 2022;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase la transformación de los cargos vacantes correspondientes a la Unidad Ejecutora 103 "Dirección General de la Salud" del Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", en los cargos que se proponen en el Anexo, que se adjunta y se considera parte integrante de este Decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 282/023 de
19/09/2023.
BEATRIZ ARGIMÓN - JOSÉ SATDJIAN - AZUCENA ARBELECHE