VARIEDADES VITIS VINIFERAS - VINOS




Promulgación: 16/06/1993
Publicación: 02/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 598
Referencias a toda la norma

CAPITULO I - DEFINICIONES Y REQUISITOS

Artículo 5

   Cuando un vino de calidad preferente no cumpliera con las
especificaciones analíticas y organolépticas establecidas, previo informe
favorable de la Comisión Enotécnica Asesora, el Consejo de Administración
del Instituto, por mayoría absoluta de los miembros, podrá autorizar que
se libre al consumo como vino de calidad preferente.
Referencias al artículo
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