FIJACION DE PRECIOS DE COMBUSTIBLES Y ALCOHOLES. JULIO 2002




Promulgación: 24/07/2002
Publicación: 30/07/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2002
  •    Página: 244
Referencias a toda la norma
VISTO: El Oficio No. 167-2002-D, de fecha 24 de julio de 2002, cursado 
por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por 
el que solicita la aprobación de nuevos prcios de venta para los 
combustibles, asfaltos, disolventes, productos especiales y alcohol 
carburante que se mencionan.

RESULTANDO: Los fundamentos que llevaron a dicho Ente para fijar los 
nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado Oficio y no 
merecen objeciones del Poder Ejecutivo.

ATENTO: A lo dispuesto por el literal f), del artículo 3o. de la Ley No. 
8.764, del 15 de octubre de 1931, en la redacción dada por el Art. 1o. 
del Decreto-Ley No. 15.312, de fecha 20 de agosto de 1982.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Se aprueban los siguientes precios máximos de venta para combustibles, 
asfaltos, disolventes, productos especiales y alcohol carburante fijados 
por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol 
y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del 25 
de julio de 2002. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

BATLLE - SERGIO ABREU - ALEJANDRO ATCHUGARRY


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