Beneficios al Personal
a) Asistencia médica.
La asistencia médica será atendida a través del Sistema Nacional Integrado de Salud, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 176/08 del 25 de marzo de 2008.
No obstante, A.F.E. contribuirá con el 50% en el caso de jubilados y núcleo familiar de jubilados.
Esta cobertura operará cuando los involucrados no estén cubiertos por el SNIS y se cumplirá a través de convenios con las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva.
b) Compensación por alimentación
El personal de la Empresa tendrá derecho a percibir la compensación por alimentación equivalente a $ 8.640 mensuales a valores de enero de 2015.
Se excluye de esta compensación a los miembros del Directorio, Gerente General y Secretario General.