APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE AFE. EJERCICIO 2016




Promulgación: 12/09/2016
Publicación: 29/09/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 16

   Beneficios al Personal 

   a) Asistencia médica.

   La asistencia médica será atendida a través del Sistema Nacional Integrado de Salud, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto 176/08 del 25 de marzo de 2008.
   No obstante, A.F.E. contribuirá con el 50% en el caso de jubilados y núcleo familiar de jubilados.
   Esta cobertura operará cuando los involucrados no estén cubiertos por el SNIS y se cumplirá a través de convenios con las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva.

   b) Compensación por alimentación

   El personal de la Empresa tendrá derecho a percibir la compensación por alimentación equivalente a $ 8.640 mensuales a valores de enero de 2015.
   Se excluye de esta compensación a los miembros del Directorio, Gerente General y Secretario General.
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