El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
A TODOS LOS ESCALAFONES (Ex - CLASES FUNCIONALES)
Artículo 23
PRESTACIONES SOCIALES - El Banco reintegrará los gastos de asistencia médica de sus funcionarios, ex funcionarios y familiares de estos dos grupos de conformidad con lo expresado en el artículo décimo primero y el artículo vigésimo octavo literal i) del Convenio Colectivo de Trabajo firmado el 26 de diciembre de 2012, modificativos y complementarios, según el siguiente detalle:
- A los funcionarios presupuestados y contratados (contratos de función
pública), y a los pasivos ex funcionarios comprendidos en el Sistema
Integrado de Salud: $ 4.754 (cuatro mil setecientos cincuenta y cuatro
pesos uruguayos).
- A los familiares (beneficiarios según la reglamentación vigente)
comprendidos en el Sistema Nacional Integrado de Salud de los pasivos
ex funcionarios, de los funcionarios presupuestados y contratados
(contratos de función pública): $ 4.754 (cuatro mil setecientos
cincuenta y cuatro pesos uruguayos).
- A los familiares (beneficiarios según la reglamentación vigente) no
comprendidos en el Sistema Nacional Integrado de Salud de los pasivos
ex funcionarios, de los funcionarios presupuestados y contratados
(contratos de función pública): $ 6.502 (seis mil quinientos dos pesos
uruguayos).
Estos importes se actualizarán cada vez que se produzca - por Decreto - un incremento del valor de las cuotas, órdenes y tickets de las IAMC, así como por modificaciones al Decreto N° 176/008, de 25 de marzo de 2008.