SEGURIDAD SOCIAL. RECALIFICACION DE ACTIVIDADES INSALUBRES




Promulgación: 14/10/1998
Publicación: 21/10/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 733
 VISTO: Lo dispuesto por los decretos Nº 205/997 de 12 de junio de 1997 y
Nº 301/997 de 20 de agosto de 1997.

 RESULTANDO: I) Que las mencionadas disposiciones establecen la
posibilidad a aquellos empleadores que posean actividades bonificadas,
solicitar la recalificación de las mismas.

 II) Que con fecha 30 de marzo de 1998 se presentó la empresa José Luis
Stezano Serpa, solicitando la recalificación de los Servicios Bonificados
por radiaciones ionizantes.

 CONSIDERANDO: I) Que conforme a la Resolución 363/97 del Banco de
Previsión Social, el Grupo de Trabajo denominado "Comisión de Servicios
Bonificados" consagrado en la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24
de octubre de 1990, se le confirió el cometido de estudiar las solicitudes
de recalificación.

 II) Que el referido Grupo de Trabajo, examinó la documentación presentada
por la empresa y los informes remitidos por la DINATEN, lo que evidenció
la existencia de dosímetros con asignación personal a los trabajadores
expuestos a radiaciones ionizantes y sometidos al control directo por
parte de la DINATEN, lo que demostró que las radiaciones absorbidas por
éstos no superan el 10% mensual de los valores recomendados por la
I.C.R.P. (International Commission on Radiological Protection), aceptadas
por la O.I.T. y que adopta la DINATEN, en razón de su labor en el área de
radiología odontológica. En consecuencia dicho Grupo de Trabajo, recomendó
la recalificación de los Servicios Bonificados para los trabajadores
expuestos a radiaciones ionizantes.

 III) Que la DINATEN es el Organismo Fiscalizador del control de emisiones
ionizantes, por tanto efectúa el control mensual de todos los dosímetros
asignados a un trabajador.

 ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por los artículos
36 y siguientes de la ley 16.713 de 3 de setiembre de 1995.

                  EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA

Artículo 1

    Recalifícanse los servicios bonificados para los trabajadores
expuestos a radiaciones ionizantes de la empresa José Luis Stezano Serpa,
que gira en el ramo de radiología odontológica, estableciéndose una
bonificación de nueve años por cada ocho de trabajo efectivo.

FERNANDEZ FAINGOLD - ANA LIA PIÑEYRUA
Ayuda