COMERCIO EXTERIOR. IMPORTACIONES. PAPAS




Promulgación: 24/04/1968
Publicación: 07/05/1968

Resumen:

Prorrógase hasta el 15 de mayo de 1968, el plazo acordado para el 
cumplimiento de las importaciones de papas para consumo humano, 
efectuadas al amparo de los Decretos Nos. 92/968, 149/968 y Decreto de
fecha 13 de marzo de 1968.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 295/968 de 
09/05/1968 artículo 1.

Artículo 1



		
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