FIJACION DE LA TASA DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES




Promulgación: 13/08/2007
Publicación: 17/08/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 333
VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones
establecido por la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994.

CONSIDERANDO: que corresponde acceder a solicitudes de incorporación de
algunos productos al régimen de devolución de tributos.

ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la Ley Nº 16.492 de 2 de
junio de 1994.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase una tasa de devolución de tributos del 2% a las exportaciones
registradas a partir de la fecha de vigencia del presente Decreto para los
siguientes ítems arancelarios: 

3004.90.49.10
2932.99.99.00
6302.22.00.90

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc. 

TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI - JORGE LEPRA - JOSE MUJICA
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