CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 41 ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y CULTURALES




Promulgación: 04/07/1985
Publicación: 23/07/1985
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

A) Prima por Antigüedad

Artículo 9

   Los Institutos que pagan actualmente una suma o porcentaje superior al laudo en materia de antigüedad, deberán desglosar esa cantidad en el recibo, como antigüedad especial. 
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