COMERCIO EXTERIOR. EXPORTACIONES




Promulgación: 22/06/1993
Publicación: 15/07/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1993
  •    Página: 608
   Visto: los decretos 430/990, de 19 de setiembre de 1990 y 315/992, de
7 de julio de 1992 que establecen un cronograma de reducción del
porcentaje de la bonificación prevista por el artículo 80 de la ley
13.695, de 24 de octubre de 1968.

   Considerando: I) Que se estima conveniente mantener hasta el 30 de
junio de 1994 el porcentaje de bonificación vigente a la fecha del
presente decreto, previsto en los decretos 430/990 de 19 de setiembre de
1990 y 315/992, de 7 de julio de 1992;

 II) Que procede, a partir del 1º de julio de 1994, aplicar al sector el
régimen general en materia de imposición indirecta.

   Atento: a lo dispuesto por el artículo 1º del decreto ley 14.926, de 31
de agosto de 1979,

                      El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Mantiénese hasta el 30 de junio de 1994 el porcentaje de bonificación
vigente a la fecha del presente decreto, previsto en los decretos 430/990,
de 19 de setiembre de 1990 y 315/992, de 7 de julio de 1992.
Referencias al artículo

LACALLE HERRERA - EDUARDO ACHE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO
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