Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Facúltase a la Contaduría General de la Nación a practicar los ajustes
a la cantidad de cargos y funciones contratadas existentes al 1º de enero
de 1993, cuando cuente con respaldo legal y documentación fehaciente, así
como proceder en consecuencia con los créditos respectivos.