Visto: el Preventivo Anual de Ingresos y Egresos de Fondos Públicos
Extrapresupuestales correspondiente al Ejercicio 1987, presentado por la
Unidad Ejecutoa 008 "Oficina Nacional del Servicio Civil" del programa 004
del Inciso 02 "Presidencia de la República" y que el mismo incluye la
ampliación de un monto de N$ 1:296.000.00 (nuevos pesos un millón
doscientos noventa y seis mil) del proyecto de inversión Nº 737
"Adquisición de Vehículos", aprobado para el año 1987 en la ley 15.809, de
8 de abril de 1986.
Considerando: I) Que el referido proyecto se financiará con fondos
extrapresupuestarios;
II) Que el trámite de ampliación se realiza al amparo de lo dispuesto en
los artículos 89 y 90 de la ley 15.809 ya citada;
III) Que la Unidad Ejecutora gestionante ha ajustado su preventivo a las
normas específicas que lo rigen y que ha cumplido con las demás
disposiciones que regulan la materia;
IV) que de lo expuesto anteriormente surge la conveniencia de aprobar en
un solo acto la ampliación del referido proyecto y del correspondiente
Preventivo Anual, por tratarse de asuntos interrelacionados.
Atento: a lo dispuesto por el artículo 45 del decreto ley 14.416, de 28
de agosto de 1975 y por los artículos 89 y 90 de la ley 15.809 de 8 de
abril de 1986 y a lo informado por la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, la Contaduría General de la Nación y la División
Técnico-Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Amplíase en el Plan de Inversiones Públicas 1987, el proyecto de
inversión Nº 737 "Adquisición de Vehículos", a financiarse con recursos
extrapresupuestarios, en un monto de N$ 1:296.000.00 (nuevos pesos un
millón doscientos noventa y seis mil) correspondiente a la Unidad
Ejecutora 008 "Oficina Nacional del Servicio Civil" del Programa 004 del
Inciso 02 "Presidencia de la República".