SISTEMA DE DISTRIBUCION DEL GASTO POR CENTRO DE ACTIVIDAD (SDG)
Artículo 10
Exhórtase a los órganos y organismos del artículo 220 de la Constitución
de la República, a implantar el Sistema de Distribución del Gasto, con el
fin de obtener información precisa y oportuna para el mejor control de la
ejecución del gasto.