Las remuneraciones de los contratados al amparo del régimen previsto en
los artículos 30 a 43 de la Ley N° 17.556 de 18 de setiembre de 2002
modificativas y concordantes, en los Incisos 02 a 15 del Presupuesto
Nacional, se ajustarán en un 6,93% (seis con noventa y tres por ciento).