FIJACION DE CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. ENERO 2012




Promulgación: 01/02/2012
Publicación: 14/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 174
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 El valor de la cuota salud del Fondo Nacional de Salud, previsto en el
Artículo 55° de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007, así como el
valor de la cuota salud para los hijos de los asegurados entre 18 y 21
años, referido en el artículo 64 de dicha Ley, se incrementarán a partir
del 1° de enero de 2012 de acuerdo al siguiente detalle:
a)     valor de cápita base: 2,74% (dos con setenta y cuatro por ciento).
b)     componente metas: 2,74% (dos con setenta y cuatro por ciento).
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