El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Decreto N° 217/014, de fecha 30 de julio de 2014.
RESULTANDO: I) que por el citado Decreto se dispone el cumplimiento previo de determinados requisitos para la venta en plaza o importación de acero para uso estructural, correspondientes a los ítems arancelarios establecidos en el artículo 1° del mismo;
II) que se padeció un error en los ítems establecidos en el mencionado artículo y se omitió la inclusión de dos normas técnicas en el Anexo del citado cuerpo normativo.
CONSIDERNADO: que de acuerdo a lo señalado, resulta imprescindible la modificación del Decreto de referencia.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el artículo 1° del Decreto N° 217/014, de fecha 30 de julio de 2014, en el sentido de incorporar al listado CODIGO NCM 10 dig. la partida nacional 7314.20.00.00 y excluir del mismo las partidas nacionales individualizados con los números 7314.20.00.10 y 7314.20.00.90.