Decreto N° 291/991
AUTORIZACION PARA LA CAZA DEPORTIVA Y EL TRANSPORTE
Promulgación: 29/05/1991
Publicación: 01/07/1991
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: Addenda
- Semestre: 0
- Año: 1991
- Página: 220
Artículo 4
La caza de los patos silvestres queda limitada a un máximo de veinte
(20) piezas por cazador y por día.
Ayuda