INSTITUCIONES FINANCIERAS. LIQUIDACION DEL IRAE




Promulgación: 22/06/2009
Publicación: 01/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1525

Artículo 3

 Quienes opten por aplicar el régimen del artículo 1º, deberán permanecer
liquidando por dicho régimen por al menos tres ejercicios, incluido el
ejercicio de la opción.
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