El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 26.
CAPITULO II
ESTRUCTURA ORGÁNICA SECCIÓN TERCERA
DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN
Artículo 9
Serán cometidos de la Dirección de Coordinación:
a) Coordinar y gestionar la implementación y seguimiento de las políticas diseñadas por la Dirección de la Policía Nacional, tales como policía comunitaria, gestión calidad, violencia doméstica y seguridad rural.
b) Supervisar las coordinaciones con los enlaces de las Jefaturas y Direcciones Nacionales o Generales con esta Dirección.
c) Controlar los seguimientos de Órdenes y Planes Permanentes de Operaciones.