Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: la necesidad de realizar una adecuación al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Dirección General de Casinos correspondiente al Ejercicio 1989.
Resultando: I) Que por decreto 814/988 de 25 de noviembre de 1988, se aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones correspondientes al Ejercicio 1989, a precios del período noviembre 1987 - febrero 1988;
II) Que el Poder Ejecutivo otorgó con vigencia 1° de marzo, 1° de julio y 1° de noviembre de 1988 aumentos salariales del 13.0 %, 16.3 % y 21.0 % respectivamente como asimismo incrementos del 12.11 %, 16.0 % y 20.0% para los beneficios sociales que varían con el salario mínimo nacional.
Considerando: I) Que la adecuación solicitada por el Organismo está prevista en los artículos 4° y 5° del citado decreto;
II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyense las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones de la Dirección General de Casinos correspondientes al Ejercicio 1989, de acuerdo con el siguiente detalle:
I - PRESUPUESTO OPERATIVO 7.834:632.469
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribución Servs.
Personales 2.924:881.907
021321 Sueldos Básicos
cargos contratados 879:663.222
021323 Dedicación total 25:103.040
Rubro Denominación N$ N$
029321 Sueldo Anual
Complementario 219:715.604
061301 Horas Extras 30:647.604
061321 Retribuciones
adicion. pers. contr. 169:275.708
061322 Comp. por cambio residenc.
habitual 15:773.820
061324 Comp. func. distintas
al cargo 13:654.380
062309 Comp. con cargo a
otras financ. 1.200:639.580
062328 Prima por antigüedad 159:905.784
065305 Compensación Altos
Ejecutivos 425.484
077 Quebranto de Caja 26:197.164
078 Comp. por tareas fuer.
hor. habitual 9:974.808
081021 Adelanto a Cuenta 2:499.996
083321 Aumento abril/85 165:112.684
091 Retribuciones ejerc.
anteriores 4:293.456
1 Cargas legales s/serv.
pers. 497:229.924
111 Aporte Patronal
Jubilatorio 438:732.286
123 Aporte Patronal al
F.N.V. 29:248.819
131 Impuesto a las Retri-
buciones 29:248.819
2 Materiales y suministros 314:547.495
3 Servicios no Personales 432:078.621
4 Máquinas, Equipo y Mob.
nuevos 6:347.595
7 Subsidios y otras
transferencias 3.641:749.312
734 a Gobiernos Departamentales 1.377:733.943
735 al Gobierno Central 2.066:600.915
Rubro Denominación N$ N$
751 Prima por matrimonio 1:186.032
753 Hogar Constituido 113:397.348
754 Prestaciones por hijo 41:355.132
773 Becas 9:700.032
774 Contrib. por asistencia
médica 28:090.284
792 Tributos municip. y
nacionales 747.450
9 Asignaciones Globales //Información ilegible en el original//
II - PRESUPUESTO DE INVERSIONES 2.581:364.530
2 Materiales y Suministros 165:020.350
4 Máq. Equipo y Mobiliario
nuevos 1.174:746.680
6 Const. mejoras y repar.
extraordin. 1.241:597.500
Los Rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales" 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo relativo a beneficios sociales, están expresados a precios de diciembre de 1988.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 442 (nuevos pesos cuatrocientos cuarenta y dos) por dólar de los Estados Unidos de América. Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresados a precios de diciembre de 1988.