REGLAMENTACION DE LA LEY N° 18.426 SOBRE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA




Promulgación: 30/09/2010
Publicación: 07/10/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2010
  •    Página: 878
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.426 de 01/12/2008.
Referencias a toda la norma

Artículo 11

 El Ministerio de Salud Pública ejercerá el contralor general de la
ejecución de los servicios que reglamenta el presente Decreto. La Junta
Nacional de Salud, en ejercicio de sus cometidos de administración del
Seguro Nacional de Salud, controlará que los prestadores que integran
dicho seguro brinden las prestaciones respectivas de conformidad con la
normativa vigente.
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