Reglamentario/a de: Ley Nº 17.243 de 29/06/2000 artículos 16 y 17.
CAPITULO II - SOCIEDADES ANONIMAS DE GARANTIA RECIPROCA
Artículo 20
El proceso de constitución de las sociedades anónimas de garantía
recíproca será el establecido en la Ley Nº 16.060, de 4 de setiembre de
1989, para las sociedades anónimas cerradas. Con anterioridad a la
constitución, deberá obtenerse la categorización de los socios partícipes
prevista en los artículos 19º y 20º del presente Decreto, presentándose
el proyecto de estatuto ante la autoridad de aplicación.-