FUNCIONARIOS. PARTIDAS DE ALIMENTACION




Promulgación: 22/06/2009
Publicación: 01/07/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 1537
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículo 375.

Artículo 3

 En aquellos casos en que el funcionario deje de prestar funciones luego
de la entrega de los vales mensuales de alimentación ya sea por renuncia,
fallecimiento, jubilación, comienzo de una licencia sin goce de sueldo,
suspensión debido a un procedimiento disciplinario, etc. La cuota parte de
los ticket alimentación entregados de más se descontarán de los haberes
que tenga pendiente.
Ayuda