Título I Capítulo IV
Del Comité Asesor y Consultivo Convocatoria.
Artículo 16
La convocatoria la realizará la Comisión Directiva con por lo menos un
mes de anticipación (para las sesiones ordinarias y 2 semanas para las
sesiones extraordinarias), incluyéndose en ella el Orden del Día propuesto
y los documentos necesarios para su tratamiento. Se dejará constancia
expresa en la convocatoria, la sede de las reuniones.