Título I Capítulo VI
De la solicitud de inscripción al Registro De la revocabilidad, actualización y comunicación de cambios.
Artículo 32
(Revocabilidad) La inclusión en el Registro de instituciones de ENF podrá
ser revocada en caso de que no se cumplan las condiciones solicitadas y
acreditadas por la institución al momento de la solicitud de ingreso.