Título I Capítulo VII
De la elección de los representantes en el Comité Asesor y Consultivo. De las Instituciones de Educación No Formal
Artículo 40
Las instituciones que aspiren a ser elegidas como representantes en el
Comité Asesor y Consultivo, deberán presentar una nota firmada por los
directivos debidamente autorizados, con la propuesta del nombre de la
persona y la respectiva fundamentación. El plazo vence el 15 de octubre
del año correspondiente.