EXTENSION DEL PLAZO ESTABLECIDO EN LOS ARS. 2º, 3º, Y 4º DEL DECRETO 190/025, RELATIVO A LA ACTIVIDAD DESARROLLADA POR EL "FIDEICOMISO PLAN DE VALORIZACION DE ENVASES”.
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el Decreto N° 190/025, de 18 de setiembre de 2025;
RESULTANDO: que la norma referida declaró promovida, al amparo del artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad desarrollada por el "Fideicomiso Plan de Valorización de Envases", creado el 4 de diciembre de 2009;
CONSIDERANDO: I) que la citada disposición reglamentaria otorgó al fideicomiso un conjunto de exoneraciones tributarias vinculadas a dicha actividad por el periodo de 8 (ocho) o 10 (diez) años, según el impuesto y dónde se radiquen las inversiones;
II) que se estima conveniente conferir al referido fideicomiso el tratamiento asimilado de exportador, a los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), a las adquisiciones en plaza de bienes, materiales y servicios necesarios para el desarrollo de su actividad, así como extender el plazo de los beneficios tributarios hasta el Ejercicio 2039, a fin de asegurar la sostenibilidad económica del mismo;
ATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el Decreto-Ley N° 14.178, de 28 de marzo de 1974, y por el artículo 11 de la Ley N° 16.906, de 7 de enero de 1998, y, a que cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Aplicación a que refiere el artículo 12 de dicha Ley;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Plazo.- Extiéndase el plazo establecido en los artículos 2°, 3°, y 4° del Decreto N° 190/025, de 18 de setiembre de 2025, hasta el Ejercicio 2039.