CARNE DE SALUD. DOSIFICACION DE PLOMBEMIA




Promulgación: 28/08/2006
Publicación: 01/09/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2006
  •    Página: 471
VISTO: la Ley Nº 17.774, de fecha 20 de mayo de 2004.

RESULTANDO: I) que la norma referida dispone que en los exámenes que
comprende el carné de salud de los trabajadores que se determinan se
incluirá obligatoriamente la extracción de sangre venosa para
dosificación de plombemia.

II) que el Anexo I de la citada Ley establece que el Poder Ejecutivo
podrá, por resolución fundada, modificar dicho Anexo, Incorporando, dando
de baja o modificando el nivel de exposición de las actividades y
ocupaciones en él comprendidas.

III) que la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland
actualmente no produce gasolinas aditivas con tetraetilo de plomo.

IV) que la única gasolina con tetraetilo de plomo que dicho Organismo
comercializa en el país, por requerimiento específico del mercado, es la
Gasolina de Aviación Grado 100.

V) que este producto es importado por ANCAP, ingresa por vía marítima a
un tanque de almacenamiento en la Refinería Planta La Teja, desde donde
se expende por camiones cisternas a los distintos aeródromos clientes.

VI) que para el caso de los trabajadores que se encuentran en contacto
con dicho producto no corresponde realizar una plombemia sino una
plomburia.

CONSIDERANDO: que la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria,
Energía y Minería compartiendo las observaciones formuladas por el
Departamento de Salud Ambiental y Ocupacional del Ministerio de Salud
Pública sugiere modificar el Anexo I de la citada Ley, dando de baja las
siguientes ocupaciones y actividades con exposición potencial al plomo:
"Petróleo Crudo y Gasolineras, trabajadores de".

ATENTO: a lo expuesto.
                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

    Dése de baja del Anexo I de la Ley Nº 17.774 de fecha 20 de mayo de
2004, a las siguientes ocupaciones y actividades con exposición potencial
al plomo: "Petróleo Crudo, trabajadores en refinerías de" y "Gasolineras,
trabajadores de".

TABARE VAZQUEZ - JORGE LEPRA - MARIA JULIA MUÑOZ
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