IMPORTACION DE FRUTAS Y HORTALIZAS. COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 17/06/2008
Publicación: 25/06/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1393

Artículo 2

 El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca creará un Registro de
importadores habilitados de las frutas y hortalizas referidas en el
artículo anterior, que podrán operar en los términos previstos en el
presente decreto.
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