La Dirección Nacional de Aduanas (DNA) informará por vía electrónica y de
inmediato al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca de los volúmenes
de los despachos a plaza de las mercaderías.
La información remitida por la DNA deberá contener: (i) nombre del
importador; (ii) producto; y (iii) volumen.