IMPORTACION DE FRUTAS Y HORTALIZAS. COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 17/06/2008
Publicación: 25/06/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1393

Artículo 7

 Suspéndase la aplicación de las normas reglamentarias que establecen
exigencias de calidad comercial. Esta suspensión no abarca las
disposiciones que comprenden exigencias específicas relativas a la defensa
de la salud humana, vegetal, animal y del medio ambiente.
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