El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO II - DE LA COORDINACIÓN DEL SISTEMA
Artículo 7
COMETIDOS. La Coordinación del Sistema tendrá los siguientes cometidos principales:
A. Elaborar los documentos base de la Estrategia Nacional de
Desarrollo, estableciendo los objetivos, prioridades y medidas de
orden estratégico en función de las visiones concertadas de largo
plazo.
B. Generar las instancias participativas que fueran necesarias para
dichos procesos, involucrando especialmente al Poder Legislativo,
representantes de la sociedad civil, partidos políticos y sector
privado.
C. Coordinar el proceso de elaboración y actualización de una
Estrategia Nacional de Desarrollo de largo plazo.
D. Evaluar y reportar sobre el alineamiento de los planes
plurianuales de políticas públicas con la Estrategia Nacional de
Desarrollo.
E. Desarrollar estudios estratégicos permanentes que permitan
identificar tendencias globales, riesgos, oportunidades y que
posibiliten elaborar nuevas opciones en pos del desarrollo del
país.
F. Proveer herramientas al Sistema para el monitoreo de
implementación de la Estrategia.
G. Promover instancias de formación y actualización profesional y
técnica de especialistas en planificación estratégica y
prospectiva, tendiendo a la construcción de una plataforma de
trabajo conjunto en la materia.