CREACION DEL SISTEMA DE PLANIFICACION ESTRATEGICA PARA EL DESARROLLO




Promulgación: 30/09/2019
Publicación: 07/10/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO II - DE LA COORDINACIÓN DEL SISTEMA

Artículo 7

   COMETIDOS. La Coordinación del Sistema tendrá los siguientes cometidos principales:

   A.   Elaborar los documentos base de la Estrategia Nacional de
        Desarrollo, estableciendo los objetivos, prioridades y medidas de
        orden estratégico en función de las visiones concertadas de largo
        plazo.

   B.   Generar las instancias participativas que fueran necesarias para
        dichos procesos, involucrando especialmente al Poder Legislativo,
        representantes de la sociedad civil, partidos políticos y sector
        privado.

   C.   Coordinar el proceso de elaboración y actualización de una
        Estrategia Nacional de Desarrollo de largo plazo.

   D.   Evaluar y reportar sobre el alineamiento de los planes
        plurianuales de políticas públicas con la Estrategia Nacional de
        Desarrollo.

   E.   Desarrollar estudios estratégicos permanentes que permitan
        identificar tendencias globales, riesgos, oportunidades y que
        posibiliten elaborar nuevas opciones en pos del desarrollo del
        país.

   F.   Proveer herramientas al Sistema para el monitoreo de
        implementación de la Estrategia.

   G.   Promover instancias de formación y actualización profesional y
        técnica de especialistas en planificación estratégica y
        prospectiva, tendiendo a la construcción de una plataforma de
        trabajo conjunto en la materia.
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