Compensación Zonal - Las partidas por concepto de Compensación Zonal que figura en el Grupo 0 - Retribuciones de Servicios Personales - Subgrupo 04 - "Retribuciones Complementarias" - Objeto 042.033 "Compensación Zonal" creadas por Resolución de Directorio de fecha 15/01/1992 y modificativas se actualizarán en oportunidad de la aplicación del artículo 14° de las presentes normas. La partida total del objeto del gasto podrá ser incrementada hasta el 30% por única vez cuando sean definidas las nuevas zonas de acuerdo a indicadores socioeconómicos y a las necesidades de gestión.