EMISION DE BONOS DEL TESORO. BONOS GLOBALES EN PESOS REAJUSTABLES 5TA. SERIE




Promulgación: 23/06/2008
Publicación: 27/06/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1472

Artículo 5

 Los pagos de intereses y el rescate de los Bonos, así como las comisiones
y gastos por todo otro concepto que demande la administración y colocación
de los mismos, se atenderán por el Banco Central del Uruguay en su
carácter de Agente Financiero del Estado y a través del o los Agentes
pagadores que se designen o acuerden.
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