EMISION DE BONOS DEL TESORO. BONOS GLOBALES EN PESOS REAJUSTABLES 5TA. SERIE




Promulgación: 23/06/2008
Publicación: 27/06/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1472

Artículo 9

 Autorízase la permuta en las condiciones que indique el Ministerio de
Economía y Finanzas según las ofertas recibidas de acuerdo a los
prospectos y demás documentos a ser aprobados por el Ministerio de
Economía y Finanzas, de todos los títulos de deuda emitidos por la
República bajo ley extranjera y ley uruguaya, con vencimiento hasta el año
2015 inclusive.

Quedan exceptuados de la permuta referida en el inciso anterior, los Bonos
emitidos en Yenes con vencimiento en el año 2011 (2,5%) y las Notas de
Tasa Variable con vencimiento en fecha 2 de julio de 2009 (Libor + 1%) y
en fecha 2 de enero de 2010 (Libor + 0.875%).

Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas a modificar las condiciones
de la oferta de permuta mientras la operación no haya concluido.
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