CANCELACION TOTAL DE TITULOS DE DEUDA EMITIDOS POR EL FIDUCIARIO Y DEMAS OBLIGACIONES QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 16/10/2014
Publicación: 22/10/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2014
  •    Página: 757

Artículo 2

 No estarán comprendidos en la presente autorización los fondos destinados
al cumplimiento del objetivo establecido en el numeral 3 del artículo 1°
de la ley N° 18.100. Autorízase a la Comisión Administradora Honoraria
(C.A.H.), a los efectos de la ejecución de los fondos antes mencionados, a
celebrar un convenio con el Instituto Nacional de la Leche (INALE), quien
establecerá los criterios técnicos a seguir para la realización de las
inversiones destinadas al buen manejo de los efluentes y al control de la
contaminación de las fuentes de agua en los predios explotados por los
productores.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 3.
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