FIJACION DE JUBILACIONES Y PENSIONES POLICIALES Y MILITARES. JULIO 2004




Promulgación: 17/08/2004
Publicación: 23/08/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2004
  •    Página: 352
VISTO: lo dispuesto por el Decreto Nº 277/004, de 4 de agosto de 2004, 
por el cual se dispone el incremento de las jubilaciones y pensiones a 
regir a partir del 1º de julio de 2004.-

RESULTANDO: I) que en el artículo 1º de dicho Decreto se autoriza al 
Banco de Previsión Social a incrementar las mismas en diferentes 
guarismos según sus montos.-

II) que dicho aumento es extensivo a las jubilaciones y pensiones 
servidas por las Cajas Militar y Policial.-

CONSIDERANDO: que corresponde realizar la referencia expresa a las mismas 
en la autorización que se concede en el artículo 1º.-

ATENTO: a lo expuesto.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Extiéndese el incremento de las jubilaciones y pensiones dispuesto por 
el artículo 1º del Decreto Nº 277/004, de 4 de agosto de 2004 a aquellas 
servidas por la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial y el 
Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas.-

HIERRO LOPEZ - ISAAC ALFIE - DANIEL BORRELLI - YAMANDU FAU - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO


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