Extiéndese el régimen de beneficios para la importación de fertilizantes establecidos por el Decreto Nº 285/973 de 12 de abril de 1973, a las partidas de superfosfato triple importadas con destino a la instalación o refertilización de praderas realizadas con la asistencia técnica de la Comisión Honoraria del Plan Agropecuario y la financiera del Banco de la República Oriental del Uruguay.