Visto: la gestión iniciada por el Banco Central del Uruguay para ampliar
su Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones
correspondiente al ejercicio 1996.
Resultando: I) que por Decreto Nº 87/996 de 13 de marzo de 1996 el
Poder Ejecutivo aprobó el Presupuesto Operativo, de Operaciones
Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay correspondiente
al ejercicio 1996, a precios promedio del período enero-abril de 1995.
II) que con fechas 19 de julio de 1996 y 14 de octubre de 1996 la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto aprobó las adecuaciones de dicho Presupuesto
a precios promedio enero-abril de 1996 y enero-agosto de 1996,
respectivamente.
III) que el Banco solicita ampliación de su Presupuesto a efectos de dar
cumplimiento a las nuevas funciones que le fueron asignadas por las Leyes
Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995 y 16.749 de 30 de mayo de 1996 que
disponen, respectivamente, que el Banco Central del Uruguay ejercerá el
control de las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional y regulará
el funcionamiento del Mercado de Valores.
IV) que la ampliación solicitada asciende a $ 6:745.374 (seis millones
setecientos cuarenta y cinco mil trescientos setenta y cuatro pesos
uruguayos), los cuales se desglosan en $ 4:919.364 para el Rubro 0
"Retribuciones de Servicios Personales", $ 1:389.720 para el Rubro 1
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y $ 436.290 para el Rubro 7
"Subsidios y otras Transferencias".
Considerando: I) que es necesario realizar una modificación presupuestal
que autorice el financiamiento de la referida ampliación.
II) que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y
el Tribunal de Cuentas su dictamen;
Atento: a lo expuesto precedentemente,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Sustitúyanse las partidas presupuestales del Presupuesto Operativo, de
Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Central del Uruguay
correspondiente al ejercicio 1996, de acuerdo al siguiente detalle:
$ $
I - INGRESOS 3,792:055.805
1. Intereses 2.060:770.129
2. Utilidades de Cambio 1.534:227.898
3. Comisiones 27:182.497
4. Otros Ingresos 169:875.281
II - PRESUPUESTO OPERATIVO 425:594.974
RUBRO DENOMINACION $ $
0 RETRIBUCION SERVICIOS PERSONALES 228:504.108
011311 Sueldos básicos carg. pres. 119:586.312
Directores 651.336
011312 Increm. Mayor Horario Perman. 21:651.936
011313 Dedicación Total 22:831.572
011315 Diferencia por Subrogación 836.124
011316 Prima por Antigüedad 4:855.032
019311 Sueldo Anual Complementario 14:222.466
019312 Aportes pers. s/aguinaldo 4:368.996
021321 Sueldos Básicos pers. contrat. 6:667.692
021322 Increm. Mayor Horario Perman. 1:138.176
021323 Dedicación Total 1:200.180
021326 Prima por Antigüedad 113.568
029321 Sueldo Anual Complementario 759.972
029322 Aportes pers. s/aguinaldo 233.460
061301 Por trabajo en horas extras 3:974.010
061303 Por prima a la eficiencia 5:340.390
061304 Por funciones dist. al cargo 898.380
061305 Comp. por horarios especiales 1:176.504
061310 Comp. personal por Reestruct. 1:159.284
061311 Otras comp. adic. (nueva estr.) 227.940
061312 Adel. a cuenta (Retr. reestr.) 4:251.480
062311 Gastos de Representación 227.460
062312 Productividad- Ley 16.127 1:961.592
069313 Otras comp. adic. (estr. anter.) 3:298.728
069361 Sueldo Anual Complementario 1:964.040
069362 Aportes pers. s/aguinaldo 603.330
077 Quebranto de Caja 2:353.008
079 Subsidio Ex Directores 746.976
091 Retribuciones Civiles 1:204.164
1 CARGAS LEGALES S/SERV. PERSON. 63: 960.360
111 Aporte patron. sist. seg. soc. 59:432.196
123 Aporte patronal al F.N.V. 2:264.082
133 Impuesto s/retrib. person. 2:264.082
2 MATERIALES Y SUMINISTROS 15:701.612
3 SERVICIOS NO PERSONALES 80:657.211
7 SUBSIDIOS Y OTRAS TRANSFERENCIAS 36:273.620
70 Donaciones Varias 1:074.450
751 Prima por Matrimonio 14.064
752 Hogar Constituido 989.892
753 Prima por Nacimiento 18.744
754 Prestación por Hijo 61.260
C.E.A.N.F. 120
774 Contrib. por Asist. Médica 23:527.950
779 Otras 7:780.500
791 Imp. a la compra de M/E-IMCOME 1:367.492
792 Tributos municipales 1:439.148
9 ASIGNACIONES GLOBALES 498.063
III - OPERACIONES FINANCIERAS 5.054:010.074
RUBRO DENOMINACION $ $
8 SERVICIO DE DEUDA Y ANTICIPOS 5.054:010.074
82 Amortiz. Deuda Externa 413:354.344
83 Ints. Deuda Interna 1.211:415.381
84 Ints. Deuda Externa 900:025.214
85 Dif. cambio y Aj. monet. 2.529:215.135
IV - PRESUPUESTO DE INVERSIONES 18:836.514
RUBRO DENOMINACION $ $
4 MAQUINAS, EQUIPOS Y MOBIL. NUEVOS 12:489.555
6 CONSTRUCC. MEJORAS Y REP. EXTR. 6:346.959
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos, que forman parte de este Decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, se expresan al nivel salarial vigente a
partir del primero de enero de 1996.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización $ 7,41 (siete pesos uruguayos con cuarenta
y un centésimos) por dólar estadounidense.
Las restantes partidas en moneda nacional están expresadas a precios
promedio del período enero-abril de 1996.