REGLAMENTACION DE LA LEY 19.525, LA CUAL APRUEBA LAS DIRECTRICES NACIONALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE




Promulgación: 27/01/2020
Publicación: 06/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.525 de 18/08/2017.

CAPÍTULO III - DE LOS CRITERIOS, LINEAMIENTOS Y ORIENTACIONES GENERALES PARA EL SUELO URBANO Y SUBURBANO

Artículo 10

   (Recalificación de centralidades). A los efectos previstos en el artículo 20° Literal B) de la Ley No. 19.525 de 18 de agosto de 2017, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en coordinación con los Gobiernos Departamentales, promoverá programas de recalificación de las centralidades urbanas considerando criterios de conservación urbano-arquitectónicos, priorizando áreas urbanas centrales degradadas y aquellas con situación de precariedad socio habitacional o donde se ubiquen sectores de la población de mayor vulnerabilidad.
   En todos los casos se deberá asegurar la calidad de las propuestas, aportando a la dignificación del hábitat y el espacio urbano en su conjunto.
   A los efectos previstos en este artículo, los Gobiernos Departamentales llevarán adelante acciones tendientes a:
   A) Identificar inmuebles en situación de abandono y propiciar el desarrollo de programas que faciliten la rehabilitación urbana, intensificando usos cuando la normativa lo admita, a través de fondos destinados al financiamiento para compra de vivienda usada, refacción y recuperación de inmuebles y reciclaje con aumento de unidades en sus distintas modalidades, entre otros.
   B) Definir criterios a ser aplicados en los procesos de valoración de programas y herramientas que promuevan la calidad de las propuestas, así como la intensificación y densificación del suelo destinado a proyectos habitacionales.
   C) Promover el uso de inmuebles que por razones físicas o jurídicas se encuentren en desuso, elaborando propuestas al efecto.
   D) Propiciar la participación de las diversas instituciones públicas ejecutoras de políticas sociales, así como la diversidad de expresiones organizativas de la comunidad.-
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