REGLAMENTACION DE LA LEY 19.525, LA CUAL APRUEBA LAS DIRECTRICES NACIONALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE




Promulgación: 27/01/2020
Publicación: 06/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.525 de 18/08/2017.

CAPÍTULO I - COMPONENTES BÁSICOS DE LA ESTRUCTURA TERRITORIAL

Artículo 2

   (Sistema y subsistemas urbanos). El sistema urbano nacional comprende a las ciudades capitales departamentales y aquellas otras ciudades que por su relevancia incidan, entre otras, en las relaciones sociales, económicas, productivas y culturales que existan o pudieran existir entre ellas, basadas en atributos complementarios y jerarquías cuyo conjunto supone el desarrollo de cada una de ellas, así como a los vínculos que de todo ello se deriven entre las mismas.
   Por subsistemas urbanos se entiende al conjunto de localidades de una misma región y a las relaciones del mismo tipo que existan o pudieran existir entre ellas.
   Los sistemas y subsistemas establecen sus relaciones, entre otros, a través de la infraestructura vial, el sistema de transporte en sus distintas modalidades, los sistemas de telecomunicaciones, de suministro de agua potable, de saneamiento y de suministro de energía, basadas entre otras, en razones residenciales, de empleo, de acceso a los servicios públicos o los bienes materiales, los equipamientos, los espacios verdes de recreación u ocio, por razones comerciales y productivas vinculadas a la actividad comercial, industrial o logística. Los subsistemas y sus áreas de influencia pueden ser variables en función de esas razones funcionales,"
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