REGLAMENTACION DE LA LEY 19.525, LA CUAL APRUEBA LAS DIRECTRICES NACIONALES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE




Promulgación: 27/01/2020
Publicación: 06/02/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.525 de 18/08/2017.

CAPÍTULO III - DE LOS CRITERIOS, LINEAMIENTOS Y ORIENTACIONES GENERALES PARA EL SUELO URBANO Y SUBURBANO

Artículo 9

   (Localización de viviendas en áreas con infraestructura vacante). A los efectos de la promoción de la localización de planes y programas de vivienda a que refiere el artículo 20 literal A) de la Ley No. 19.525 de 18 de agosto de 2017, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente en coordinación con los Gobiernos Departamentales, definirá en el Plan Quinquenal de Vivienda dispuesto por la Ley N° 13.728 de 17 de diciembre de 1968 y modificativas, los diversos planes y programas factibles de implementarse y las modalidades de acceso adecuadas a las distintas necesidades sociales y posibilidades económicas de los grupos destinatarios, priorizando aquellas actuaciones que se localicen en áreas con infraestructura vacante.-
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