APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2025




Promulgación: 23/12/2025
Publicación: 19/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Inversiones.  
   Apruébese el Plan de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por un monto de $ 1.191.786.000 (Pesos Uruguayos mil ciento noventa y un millones setecientos ochenta y seis mil). El detalle a nivel de grupos según el Clasificador del Gasto Público aprobado por Decreto N° 395/998, del 30 de diciembre de 1998, es el siguiente:

GRUPO
DENOMINACION
PESOS
0
Servicios Personales
-
1
Bienes de Consumo
-
2
Servicios No Personales
-
3
Bienes de Uso
1.191.786.000
4
Activos Financieros
-
TOTAL
1.191.786.000
La apertura de Inversiones por proyecto, fuente de financiamiento y por moneda extranjera, se detalla en los cuadros anexos y forman parte integrante de este decreto. Los estados presupuestales que se adjuntan forman parte integrante de este decreto en tanto no se opongan específicamente a las disposiciones contenidas en el mismo. Las inversiones se regularán en lo pertinente, por las normas dispuestas en el Decreto N° 123/012, de 16 de abril de 2012, sus modificativos y concordantes, excepto en lo concerniente a trasposiciones de asignaciones presupuestales que se ajustarán a las siguientes disposiciones: 1. Las trasposiciones de créditos presupuestales de inversión regirán hasta el 31 de diciembre de cada ejercicio 2. Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de un mismo programa, serán autorizadas por el Directorio y deberán ser comunicadas a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. 3. Las trasposiciones de asignaciones presupuestales entre proyectos de distintos programas, deberán ser autorizadas por el Directorio previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. La solicitud deberá ser presentada ante la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en forma fundada e identificando en qué medida el cumplimiento de los objetivos de los programas y proyectos reforzantes y reforzados se verán afectados por la trasposición solicitada. 4. Toda trasposición entre proyectos de inversión que implique cambio de fuente de financiamiento deberá contar con el informe previo y favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Los cambios de fuente de financiamiento sólo se podrán autorizar si existe disponibilidad suficiente en la fuente con la cual se financia. 5. Las asignaciones presupuestales aprobadas para proyectos de inversión financiados total o parcialmente con endeudamiento externo, podrán ser utilizadas para reforzar asignaciones presupuestales de proyectos financiados exclusivamente con recursos internos, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. Todas las trasposiciones realizadas en el Presupuesto de Inversiones deberán ser comunicadas al Tribunal de Cuentas de acuerdo a lo previsto por Resolución N° 1891/018, de 6 de junio de 2018 del Tribunal de Cuentas. La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detalla en los anexos I, II y III adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
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