Modifícanse los artículos 1º y 2º del Decreto Nº 286/964 de 11 de agosto de 1964, referentes a las importaciones de papas para consumo y fíjanse el recargo y precio CIF promedio, para las que realicen los particulares.
Derogada/o por: Decreto Nº 372/964 de 24/09/1964 artículo 3. Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 372/964 de 24/09/1964 artículo 2.