REGLAMENTACION DEL ART. 16 DE LA LEY 19.315, RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 24/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 16.

REGLAMENTO ORGÁNICO Y DE FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
BOMBEROS
Capítulo II ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL
DEPARTAMENTO DE FLOTA Y TALLERES GENERALES

Artículo 32

   Dependerá de la Subdirección Nacional, cuyo cometido esencial será ejercer el contralor de la Flota y sus respectivos medios materiales a nivel Nacional, así como también el mantenimiento y reparación de los vehículos, equipos y máquinas pertenecientes a la Dirección Nacional y sus Dependencias.
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