REGLAMENTACION DEL ART. 16 DE LA LEY 19.315, RELATIVO AL FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCION NACIONAL DE BOMBEROS




Promulgación: 19/09/2016
Publicación: 24/10/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 16.

REGLAMENTO ORGÁNICO Y DE FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
BOMBEROS
Capítulo II ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL
SERVICIO DE BOMBEROS DEL ÁREA METROPOLITANA

Artículo 39

   Los Jefes de Región del Área Metropolitana serán Oficiales Jefes y tendrán a su cargo los Destacamentos que integren, dentro de la Zona que le fuera asignada.
   El Jefe de Región, secundará al Comandante, y lo sustituirá en caso de licencia o imposibilidad, con todas las atribuciones y responsabilidades del cargo. Desempeñarán todas las tareas necesarias a los efectos de la coordinación con las autoridades Departamentales, de conformidad con sus atribuciones legales.
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