El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 16.
REGLAMENTO ORGÁNICO Y DE FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
BOMBEROS Capítulo II
ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL COMANDO DE BOMBEROS DEL INTERIOR DEL PAÍS
Artículo 49
Secretaría del Comando de Bomberos del Interior del País: dependerá del Comandante de los Servicios de Bomberos del Interior del País. Tendrá como cometidos:
A) Secundar en sus funciones al Comandante de los Servicios de Bomberos del Interior del País en caso de su ausencia.
B) Confeccionar, según las directivas del Comandante, las Órdenes de la Comandancia, Órdenes de Servicio, Circulares y otras.
C) Coordinar con la Secretaría General lo atinente a las funciones de su competencia.
D) Confeccionar, según las directivas del Comandante, el Escalafón del Comando de Servicio para el mejor cumplimiento de las funciones de la Unidad.