El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.315 de 18/02/2015 artículo 16.
REGLAMENTO ORGÁNICO Y DE FUNCIONAMIENTO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
BOMBEROS Capítulo II
ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL COMANDO DE BOMBEROS DEL INTERIOR DEL PAÍS
Artículo 50
Jefe de Región: dependerá del Comandante de los Servicios de Bomberos del Interior del País.
Los Jefes de Región, tendrán a su cargo los Destacamentos que integren la Zona que les fuera asignada.
Secundarán al Comandante, y lo sustituirán en caso de licencia o imposibilidad, con todas las atribuciones y responsabilidades del cargo.
Desempeñarán todas las tareas necesarias a los efectos de la coordinación con las autoridades Departamentales de conformidad con sus atribuciones legales.