El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 22
(Régimen de excedencia por reestructura)
El Directorio de la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones podrá declarar, por acto fundado, los cargos y funciones que resulten excedentes como consecuencia de reestructuras de la Unidad, ya sean supresión, fusión o modificación de dependencias dentro de la Administración.